El TSE estableció los requisitos para los integrantes de las Juntas Electorales y Juntas Receptoras de Votos.
Los magistrados del Tribunal Supremo Electoral, (TSE), aprobaron el acuerdo número 546-2022, en el cual aprobaron el perfil para los integrantes de las Juntas Electorales del Distrito Central, Departamentales y sobre el voto en el Extranjero, Además de las Juntas Electorales Municipales y de las Juntas Receptoras de Votos (JRV).
Dentro del acuerdo establecieron los requisitos para quienes integrarán estos órganos durante el proceso electoral de 2023.
Requisitos para los integrantes de las Juntas electorales
- Llenar formato de solicitud
- Llenar y firmar el formulación de declaración jurada que radica en el municipio y que no tiene parentesco dentro de los grados de ley con ningún candidato a cargo de elección popular, que no tiene parentesco con ningún otro aspirante a integrante de su junta.
- Llenar el formulario con los datos más importantes como el idioma materno y la experiencia en el desarrollo de funciones electorales en procesos anteriores.
- Encontrarse en el ejercicio de sus derechos ciudadanos
- Ser alfabeto
- No desempañar cargo directivo en alguna organización política
- No tener cuentas pendientes en el TSE
- No tener antecedentes en el Tribunal Supremo Electoral
Requisitos para los integrantes de las Juntas Receptoras de Votos
En el caso de los integrantes de las Juntas Receptoras de Votos, el TSE estableció como único requisito que los interesados sean alfabetos. Aunque si deberán reunir ciertas calidades.
Esto debido a que para las JRV, son necesarios 102,400 ciudadanos, que deberán prestar el servicio el día de las Elecciones para atender a los votantes y certificar los resultados electorales.
En el caso de los Presidentes y Secretarios de estas Juntas, deben estar en el pleno ejercicio de sus derechos ciudadanos, radicar en el municipio correspondiente y no desempeñar cargo alguno en organizaciones políticas.
De preferencia que sea estudiante o profesor universitario, tener conocimientos en informática como el uso de tablets, celulares, entre otros y de preferencia haber participado como integrante de alguna junta en procesos anteriores.
Para los vocales y alguaciles se pide un titulo a nivel básico o primario completo. Los interesados deberán presentar la papelería completa ante las Juntas Electorales Municipales, cuando estas estén conformadas.
Lee aquí el acuerdo 546-2022